Désele entrada. Admítase. En consecuencia se acuerda: 1) cítese por medio de boleta a la ciudadana OMAIRA JOSEFINA BALLEJO BARRIOS, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15.078.771, domiciliada en la Calle 24 de Noviembre, Sector Nuevo Horizonte N° F-06, Sector El Viñedo, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui. 2) Notifíquese por medio de boleta al ciudadano WILFREDO JOSE MENDEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-14.617.424 domiciliado en el Sector Cruz Verde, Calle Las Acacias N° B-24, El Viñedo, Barcelona, Municipio Simón Bolívar, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezcan por ante ésta Sala de Juicio N° 02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, al tercer (3er) día de despacho siguiente a su citación, a las diez y treinta de la mañana (10:30.a.m.) para que manifiesten lo que creyeren conveniente en relación a la referida solicitud. Con la advertencia que el día de.....