Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de Rectificación de Acta de Rectificación de Partida de Nacimiento, presentada por la ciudadana KRISEILLYZ DEL VALLE RUIZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.611.156, asistido por la Abogada en Ejercicio PATRICIA RUIZ , inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 118.871. En consecuencia, se ordena la Rectificación del Acta de Partida de Nacimiento N° N° 155, correspondiente al año 1990, expedida por el Prefecto de la Parroquia El Carmen del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, en el sentido de que en lo adelante se identifique a la ciudadana KRISEILLYS DEL VALLE RUIZ DÍAZ, con el n.....