Este Tribunal, con vista a la documentación acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos MARIA DE JESUS URRIOLA ARAGUACHE y JUAN EURISPIDE FARIAS, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a la ciudadana DANNY JOSEFINA FUENTES DE ROMERO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-5.466.504, conjuntamente con los ciudadanos: ROBERT JESUS ROMERO FUENTES, FRANCISCO ALBERTO ROMERO FUENTES y CRISELIA DEL CARMEN ROMERO FUENTES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-15.845.515; V-15.845.516 y V-17.745.404 respectivamente, la condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ALBERTO JESÚS ROMERO GUTIERREZ, quién era venezolano, mayor de edad, casado, Técnico Petrolero, Titular de la Cédula de Identidad número V-2.819.590, quién falleció en fecha 19 de Agosto del 2010, en el Callejón Once Sur N° 203, Pueblo Nuevo Sur, El Tigre Esta.....