Decisiones del dia 14/03/2008
N° Expediente :
BP01-P-2008-000908
N° Sentencia :
Fecha: 14/03/2008
Procedimiento: Sobreseimiento De La Causa
Partes: FISCALES: DRES. RICARDO ANTONIO MAITA LEON Y TOMAS JOSE ELOY ARMAS MATA, IMPUTADO: PEDRO TOVAR,
Resumen:
Este Juzgado Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida al ciudadano PEDRO TOVAR, titular de la Cédula de Identidad N° 4.220.411, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el Articulo 175 del Código Penal, cometido en perjuicio de la adolescente RIVERA CANACHE SARANETH ROSANA, titular de la Cédula de Identidad N° 21.173.503; de conformidad con los Artículos 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108 Ordinal 5° del Código Penal. Regístrese. Notifíquese. Remítase al Archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado
Juez/Ponente:
Salim Aboud Nasser
Organo:
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control
N° Expediente :
BP02-S-2008-001025
N° Sentencia :
PJ382008000150
Fecha: 14/03/2008
Procedimiento: Unicos Y Universales Herederos
Partes: JOSE CELESTINO ROJAS RODRIGUEZ
Resumen:
Este Tribunal, DECLARA las presentes actuaciones suficientes para acreditar a los ciudadanos: JOSE CELESTINO ROJAS RODRIGUEZ, JOSE CELESTINO ROJAS NADALES Y JAQUELINE JOSE ROJAS NADALES antes plenamente identificados, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus MARIA MAGDALENA NADALES BELLO DE ROJAS, quien fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-8221.860, fallecida ab-intestato el día 11 de noviembre de 2.007, en la Población de Clarines, Municipio Manuel Ezequiel Bruzual del Estado Anzoátegui tal como consta en el Acta de Defunción Nº 36, correspondiente al año 2.007, expedida por El Registro Civil del Municipio Manuel Ezequiel Bruzual del Estado Anzoátegui, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Henry José Agobian Viettri
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
BP02-R-2007-000434
N° Sentencia :
1636
Fecha: 14/03/2008
Procedimiento: Cobro De Bolívares Vía Ejecutiva
Partes: RTE :HOTELES DORAL, C.A .- RDO : OCIEDAD MERCANTIL BANESCO, BANCO UNIOVERSAL, C.A.-
Resumen:
Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado GUILLERMO OLIVERO GARCIA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en fecha 12 de junio de 2007, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), seguido por la sociedad mercantil HOTELES DORAL, C.A., contra la sociedad mercantil BANESCO, BANCO UNIOVERSAL, C.A., ambas partes suficientemente identificadas de autos. En consecuencia, se REVOCA la sentencia apelada.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, en virtud de haber sido publicada fuera del lapso de ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.-
Juez/Ponente:
Rafael Simón Rincón Apalmo
Organo:
Juzgado Superior Civil, Mercantil, Agrario y Menores
N° Expediente :
BP01-R-2008-000033
N° Sentencia :
Fecha: 14/03/2008
Procedimiento: Sin Lugar Recurso De Apelación
Partes: RECURRENTE: DEFENSORA DE CONFIANZA ABOGADA SHEILA GONZALEZ; IMPUTADOS: XAVIER AUGUSTO GONZÁLEZ GUTIÉRREZ Y LUIS ENRIQUE GUERRA MARTÍNEZ.
Resumen:
Por todos los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensora de Confianza Abg. SHEILA GONZÁLEZ, actuando en este acto en representación de los precitados Ciudadanos al considerar este Cuerpo Colegiado, que en el presente caso el retardo procesal es atribuible en su mayoría a la incomparecencia de la defensa a los actos del proceso y a la negativa de los Imputados a ser trasladados a la realización de los mismos. Se confirma la decisión apelada.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley, notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los catorce (14) días d.....
Juez/Ponente:
Cesar Felipe Reyes Rojas
Organo:
Corte de Apelaciones