Una vez escuchados los alegatos de las partes, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, procederá a dictar el dispositivo del fallo de la siguiente manera: actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano ELEANRIC MIGLEO RUSSIAN MILLAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro: V-11.419.974, en contra de la ciudadana ROSEVER YSMELIA LAREZ PATIÑO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro: V-13.316.069, con fundamento en las causales segunda y tercera establecida en el artículo 185 del Código Civil, referida al Abandono Voluntario y los Excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común, por cuanto no fueron probadas por el demandante las referidas causales.
Expídanse las copias que solicite la parte interesada,.....