Por las razones antes expuestas, este Tribunal administrando justicia y en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Contrato, propuesta por el abogado José Rafael Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad NC 8.443.800, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.328 y de este domicilio, actuando como co-apoderado judicial de la empresa PDVSA PETROLEO, S.A, y en consecuencia, se acuerda la devolución o entrega definitiva del inmueble distinguido como apto. destinado para habitación, ubicado en el área residencial de Campo Rojo, Módulo 5, marcado con el Nº 1 de la ciudad de Anaco, Estado Anzoátegui, a la empresa PDVSA PETROLEO, S.A., parte demandante en la presente causa.
Por cuanto el demandado ciudadano ALEXANDER SANZONETTI, no dio cumplimiento a lo establecido en el contrato, de entregar el inmueble dentro del plazo señalado en el mismo, se el conden.....