Decisiones del dia 14/05/2009
N° Expediente :
BP01-P-2009-001743
N° Sentencia :
Fecha: 14/05/2009
Procedimiento: Sin Lugar Revisión De Medida Privativa
Partes: DR. GEOBANI ANTONIO VERACIERTA, EN SU CONDICIÓN DE DEFENSOR DE CONFIANZA, IMPUTADOS OMAR RAFAEL ARTEAGA, JOSE LENIN GARCIA CORTEZ Y CARLOS JAVIER SALAS SANDOVAL
Resumen:
Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la solicitud de una medida menos gravosa interpuesta por el Dr. GEOBANI ANTONIO VERACIERTA , en su condición de Defensor de Confianza de los imputados OMAR RAFAEL ARTEAGA, JOSE LENIN GARCIA CORTEZ Y CARLOS JAVIER SALAS SANDOVAL, titulares de las cedulas de Identidad Nros. 160254.862, 18.314.162 y 19.168.855, quienes se encuentran Privados de Libertad por la presunta comisión de los delito de ROBO AGRAVADO , previsto y sancionado en el artículo 458 del Còdigo Penal , por cuanto no están llenos los presupuestos a que se refieren los artículos 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el Articulo 264 Ejusdem . Cùmplase.-
Juez/Ponente:
Francis Sánchez
Organo:
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control
N° Expediente :
BP12-L-2009-000128
N° Sentencia :
Fecha: 14/05/2009
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: RAFAEL JOSE FAJARDO LARA & INVERSIONES JEB, C.A.
Resumen:
este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al desistimiento del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia, se declara terminado el proceso, y se acuerda el archivo del expediente. Visto el desistimiento del procedimiento, el demandante sólo podrá intentar nueva demanda, una vez que transcurra el lapso de noventa (90) días continuos a la presente fecha, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Déjese constancia de la anterior decisión en el copiador de sentencias. Firmado y sellado en el Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción .....
Juez/Ponente:
Unaldo José Atencio
Organo:
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo