DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Conforme a los artículos 494 y 495, numerales 2, 9 y 10 del Código Orgánico Procesal Penal, se otorga el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a favor del penado WILSON ANTONIO ORIBIO, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.926.194, por la comisión del delito DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO sancionados en los artículos 3 y 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de vehículos, cometidos en perjuicio del ciudadano MIGUEL ANTONIO FERNANDEZ Y DEL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de (02) DOS AÑOS, OCHO (08) MESES Y TRES (03) DIAS DE PRISIÓN, así como las accesorias de Ley, establecidas en el articu.....