Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la perención y Extinguida la Instancia en la presente demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana LISMAR GUZMAN MORALES: venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.420.918, domiciliada en Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites, Estado Anzoátegui; actuando en representación de sus hijos (Se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y Adolescente), contra el ciudadano REGULO ANTONIO PERDOMO RONDON: venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.591.388, domiciliado en la Calle Pablo Neruda, casa s/n, Sect.....