En fuerza de los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL 3º DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÀTEGUI administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FISCAL Y EN CONSECUENCIA DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de JUAN CARLOS CASTRO por la comisión de delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el ordinal 1º del artículo 422 en concordancia con el artículo 415 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, todo de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el ordinal 8º del artículo 48 ejusdem, y ordinal 5º del artículo 108 del ibídem.
Publíquese, regístrese y notifíquese la presente decisión.