este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, dándole el carácter de Cosa Juzgada.
Se presenció entrega de dos (2) cheque personal con el Nº 21355525 y 18355526, ambos con cargo al Banco Banesco, por la cantidad de Bs f. 23.819,55 y Bsf. 180,45 de fecha 6 de agosto de 2009, respectivamente, a nombre del ex trabajador LUIS ALFREDO GARCIA, de manos de la representación judicial de la empresa. TRANSPORTE MOREIRA & COMPAÑÍA, C,A, (TM&C,C.A.).
Se deja copia simple de los referidos cheques entregados a LUIS ALFREDO GARCIA, a los fines de ser agregado al expediente.
Se expiden cuatro (04) ejemplares a un mismo tenor.
PUBLIQUESE, REGISTRESE. Déjese constancia de esta decisión en el copiador respectivo.
Firmado y sella.....