en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la presente SOLICITUD de DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO ,presentada por los ciudadanos: GENESIS PAOLA GARCIA MILANO y SIXTO GUILLERMO ROMERO ROCHA, venezolana la primera y de nacionalidad ecuatoriana el segundo, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-22.844.911 y E-84.492.569, respectivamente, debidamente asistido el primero por la Abogado en ejercicio CARLOS EDUARDO GONZALEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 183.768, donde se encuentran involucrados sus hijos ,los niños: Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Prote.....