En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INACTIVIDAD PROCESAL, en la presente solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL (DISPOSICIÒN DE BIENES), y los recaudos que la acompañan, presentada por la ciudadana DAYSI JOSEFINA CASTILLO MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.657.849, domiciliada en: Urbanización Brisas del Mar, Avenida 01, Sector 02, Casa Nº 17, Barcelona, Estado Anzoátegui, actuando en nombre y en representación de su hija, la joven adulta ANDREA DEL CARMEN SUEGART CASTILLO, venezolana, actualmente de diecinueve (19 ) años de edad, debidamente asistida por el Defensor Público Cuarto Auxiliar del Sistema de Protección del Niño y Adolescente de la Circunscripción Judicia.....