en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, Estado Anzoátegui, FIJA COMO MESADA ALIMENTICIA, para el adolescente ANGELO LEONARDO GOMEZ MARQUEZ, la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES CON 00/100 (Bs.250.000,oo), mensuales la cual será retirada por la ciudadana BEATRIZ MARQUEZ DE GOMEZ, plenamente identificada en autos, de la cuenta de ahorros signada con el N° 01-051-033455-3, llevada por éste Tribunal en el Banco Industrial de Venezuela, agencia Barcelona, a nombre del adolescente ya mencionado. Igualmente se acuerda pagarle el retroaustivo de lo adeudado desde el mes de Febrero del año 2005, hasta el mes de Diciembre del año 2006, en razón de la cantidad arriba fijada. Líbrese oficio.-