En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Primero de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente demanda de demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, presentada por la ciudadana Fiscal Décimo Primera para la Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares Del Ministerio Publico de este Estado, ABG. EGRIS LIRA ZAMBRANO, a requerimiento de la ciudadana MERLINS CAROLINA HERNANDEZ LUNA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.368.663, domiciliada en: Villas Olímpicas, Bloque 7, Piso 1, Apartamento 01-04, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono: 0416-9825024 y 0281-2746318, respectivamente, a favor de los niños: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Consti.....