En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescentes, la ADMITE cuanto ha lugar a derecho se requiere por no ser contraria al Orden Público, a las Buenas Costumbre y a ninguna Disposición Expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y conforme a lo dispuesto en el Articulo 514 de la precitada Ley, cítese a el ciudadano CARLOS RAFAEL VILLORIA YEPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.682.251, quien puede ser citado en su lugar de trabajo INVENSYS Latín América INC, ubicada en la Avenida Francisco de Miranda, Torre Delta, piso 12, Altamira, Distrito Capital. Líbrese Boleta de Citación. Se comisiona suficientemente al Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, del Área Metropolitana, para que practique la citación del demandado, para que comparezca por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente.....