El Tribunal Admíte. Por ser este Tribunal competente para conocer de dicho asunto, conforme a los artículos 126 y 129 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ésta Sala de Juicio Nº 01, acuerda practicar las siguientes diligencias: Cítese por medio de boletas a los ciudadanos MARIA CAROLINA PEREZ y DANNY JOSE REYES YAGUARACUTO, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-8.238.456 y V-13.367.871, domiciliados la primera en la Calle Carabobo N° 15-3, Barrio 29 de Marzo, Barcelona, Estado Anzoátegui, y el segundo en la vereda 15, Casa N° 04, Sector 01, Brisas del Mar, Barcelona, Estado Anzoátegui; para que comparezcan por ante este Tribunal al Quinto (5to) día de despacho siguiente a su citación a las once de la mañana (11:00 a.m.), a los fines de que expongan lo que creyeren conveniente en relación a la presente solicitud. Asimismo se acuerda practicar informe social en el hogar de los ciudadanos MARIA CAROLINA PEREZ, DANNY JOSE R.....