El Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de DARIO MACHADO, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 16.115.115, residenciado en el Conjunto Residencial Vista Mar, Edificio Isla de Plata, Apartamento 13-A, Piso 12, Barcelona, Estado Anzoátegui y ALI NARCISO CABRERA, Venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 15.878.307, residenciado en Urbanización Lomas del Vidrial, Casa Nº 47, Barcelona, Estado Anzoátegui por la comisión del delito de DAÑOS GENERICOS, penado en el artículo 473 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, cometido en perjuicio de JAVIER DARIO HERNANDEZ GUERRA; de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108, .....