SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, conforme al artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Cítese al LUIS ANTONIO VELASQUEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.367.048, domiciliado al final de la Calle Principal, Casa S/N, Sector Pica del Nevera, Barcelona, Estado Anzoátegui, mediante boleta de citación para que comparezca al tercer (3°) día de Despacho siguientes a su citación, a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, por ante esta Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, a los fines de dar contestación a la Solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la Fiscal Décima Quinta del Ministerio Público, Abg. MARY LOURDES FERRER, en representación del niño ANTHONY SMITH VELASQUEZ, con la advertencia que el día de la comparecencia el Juez intentará una conciliación entre las partes, a las nueve (9:00 a.m.) de la mañana, y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y def.....