Por las razones que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por el solicitante ciudadano FREDY PEÑA PEREIRA, plenamente identificado en autos y debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ JIMENEZ SILVA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 141.368. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre el prenombrado ciudadano con la ciudadana MARÍA EDDY PAZ DE PEÑA, el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Registro Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador .....