Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD al ciudadano CARLOS MANUEL OZUNA, quien es venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 19-09-1975, de 29 años de edad, titular de la cedula de identidad INDOCUMENTADO, de estado civil soltero, profesión u oficio Carretillero, hijo de los ciudadanos Irma Ozuna y de padre desconocido, residenciado en Calle Bolívar, El Rincón de El Paraíso, Casa S/N, cerca Bodega "Alsifirí", Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por aplicación de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, conforme Artículo 256 Ordinales 3º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el oficio respectivo a la Zona N° 02 de la Policía del Estado Anzoátegui, participando la Libertad del imputado, quien saldrá del recinto de este Despacho. Remítase la presente caus.....