. DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Extensión El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR solicitud de de rectificación de acta civil de nacimiento, incoada por la ciudadana: YANIBETT DEL VALLE BENITEZ SEVILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V- 15.007.885, domiciliada en la población de Uverito, municipio José Gregorio Monagas del estado Anzoátegui, actuando en nombre y representación del niño: ANGEL ANDRES, debidamente asistida por la abogada: MARIA JOSE SEEBER BACCARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-14.187.081, abogada en ejercicio, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 91.613 y de este domicilio,.....