Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial Del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la perención y Extinguida la Instancia en la presente demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana DENIA EUDOCIA LICET CADARE: venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-24.229.462, domiciliada en Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites, Estado Anzoátegui, actuando en representación de la niña (Se omite identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para La Protección del Niño, Niña y Adolescente); contra el ciudadano EDGAR JOSE MAITA: venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-12.678.569, domiciliado en la ciudad de Cantaura, Municipio Bol.....