Este Tribunal Admíte y acuerda cítar por medio de boleta a los ciudadanos CARLOS ALBERTO MAITA HEREIDA Y ARGELIDA MERCEDES MAESTRE PRADO, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N° 11.421.368 y 14.077.105, domiciliados el primero en la Calle Bolívar, Nº 55, Sector Ezequiel Zamora, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, y la segunda en la Calle Monterrey, Valle Lindo Rancho de madera que dice se vende, al lado de de una casa de bloque color azul con rosado y rejas verdes, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezcan por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01 del Estado Anzoátegui, a las diez de la mañana (10:00 a.m..), del tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que exponga lo que creyeren conveniente con relación a la solicitud de Régimen de Visitas. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes a las nueve de la mañana (9:0.....