este Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil vigente, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano GABRIEL JOSÉ VALENTE CHACÍN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.564.749 y domiciliado en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar, Estado Anzoátegui, representado por el abogado en ejercicio ARMANDO JESÚS CANACHE MOSQUERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 48.786, con domicilio procesal en la Calle Matías Nuñez, Esquina Carrera Nº 22, Barrio Buenos Aires, Barcelona, Estado Anzoátegui, contra la ciudadana MARJORIE KARLINA RODRÍGUEZ OLIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.283.269, domiciliada en la Calle Li.....