este Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHICULO, Marca Chevrolet, Modelo: Corsa, Color: Plata, Serial de Carrocería 8Z1SC21Z0N339702, Serial del Motor: 01V339702, al ciudadano GABRIEL GONZALEZ MARTINEZ, con Cédula de Identidad N° 6.440.518, para su guarda y custodia, comprometiéndose el referido ciudadano a presentar el vehículo mencionado ut-supra, al Organo Jurisdiccional o al Ministerio Público, las veces que sean requerido por los mismos, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores. En consecuencia, . líbrese el correspondiente Oficio al Encargado del Estacionamiento “Metropolitano”, ubicado en esta ciudad, lugar donde se encuentra depositado el vehículo en cu.....