DISPOSITIVA
Este Tribunal de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, En consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano PERFECTO JOSE LOPEZ, de conformidad con lo establecido en el articulo 319, Numeral Tercero, en relación con los articulos 45 y 48 numeral septimo, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por Extinción de la Acción Penal por haber cumplido con las obligaciones y del plazo de la Suspensión Condicional del Proceso, cuyo efecto conforme al articulo 319 ejusdem, poner término al presente procedimiento y cesar las Medidas de Coerción dictadas por este Tribunal en fecha 31-07-02. Asi se decide. Cumplase.