Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputado VLADIMIR JESUS EL SOUKI, venezolano, Natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 22/08/1984, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.181.693, de 18 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Encargado de la Licorería Fricaboyn, residenciado en Calle Principal, Casa S/N, Boyacá I, Barcelona, Estado Anzoátegui, Y LENIN SAID EL SOUKI FARIAS: venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.125.764, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 25/081987, de 21 años de edad, soltero, de profesión u oficio Encargado de la Licorería Fricaboytn, residenciado en Manzana Q, Casa Nº 284, Sector Ezequiel Zamora, Barcelona, Estado Anzoátegui por la pre.....