Este Tribunal, dejando en todo caso al salvo los derechos de terceros, declara al ciudadano: ABELARDO DE JESUS BELLO DAMAS, conjuntamente con los ciudadanos: ABELARDO ENRIQUE, YURAN AMASILIS y JESUS ALEJANDRO BELLO SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V-15.126.198, V-12.677.043, V-16.077.246, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSAES HEREDEROS, de la extinta: GLORYS COROMOTO SALAZAR DE BELLO, quien era venezolana, mayor de edad, Casada, Licenciada en Educación, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.012.441, y quien falleció en fecha 19 de septiembre del año 2011, en su casa de habitación, ubicada en la calle 20 Sur, casas Nº 83, Urbanización Francisco de Miranda de la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, y así se decide.-
Expídanse por Secretaría copias certificadas de la solicitud.-