Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc-Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, de conformidad con lo establecido en los artículos 184 del Código Civil Vigente y el artículo 8, ordinal 8° de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, efectuada por los ciudadanos: JOSE FRANCISCO CHACIN SALAZAR y ADRIANA JOSEFINA MEZA TADEMO, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V- 8.420.380 y V- 10.999.553, respectivamente, domiciliados ambos en la ciudad de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos antes mencionados, en f.....