Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 16 de junio de 2004, por el abogado Miguel Ramón Lizardo Olivero, contra la decisión dictada en fecha 11 de junio de 2004, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que declara SIN LUGAR la acción por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE VENTA CON PACTO DE RETRACTO, incoado por el ciudadano ANGELO BIFULCO C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 8. 329. 008, comerciante, a través de su apoderado judicial ,Miguel Ramón Lizardo Oliveros , inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 36.462, contra MATIAS RAFAEL PEREZ LENARD , venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula identidad Nº. 1. 167.361; la cual queda así CONFIRMADA.