Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: MEDIDA DE PROTECCION a la Víctima NANCY MILENA TORO CLARO, titular de la cédula de identidad N° 23.998.149, de nacionalidad venezolana, de 34 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio estudiante, residenciada en Portugal Abajo, Calle El Tuy, Casa Nº 1-40, Barcelona, Estado Anzoátegui, de conformidad con el artículo 120 del código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda notificar al Instituto Autónomo Policía Municipio Bolívar, con sede en Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que sirva implementar las medidas preventivas descritas en el Petitorio, el cual se le transcribe, para su cumplimiento. Líbrese notificación a la Víctima. Ofíciese al Organismo policial designado y remítase copia de esta Resolución al Fiscal Superior del Ministerio Público. Notifíquese. Líbrense oficios., Cúmplase .....