Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Conforme a los artículos 20 y 52 del Código Penal, se acuerda la Conversión del Resto de la Pena que le falta por cumplir al penado MIGUEL ALCIDES LOPEZ SALAZAR, titular de la cédula de identidad Nº 5.604.503, en CONFINAMIENTO por un tiempo igual al que resta de la pena, en la siguiente dirección: Sector Confianza, Barrio La Ponderosa, Calle Corazón de Jesús, Casa 54-B, al lado de las Villas Olímpicas, Barcelona, allí reside su mamá de nombre Blanca Aurora Salazar, teléfono 0281-418-41-16, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE, previsto y sancionado en el artículo 260 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 367 del Código Penal; debiéndose p.....