Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en el presente juicio DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la OPOSICIÓN formulada por la parte demandada en el juicio que por Partición y Liquidación de Comunidad incoara la ciudadana, YELITZA MARGARITA SABINO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 8.335.952, contra el ciudadano HECTOR GARCÍA LEZAMA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº 8.323.324. Así se decide.
SEGUNDO: En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, se emplaza a las partes para el nombramiento del Partidor, en el décimo día siguien.....