Por las razones de hecho y derecho anteriormente explanadas, este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE JUICIO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOATEGUI, Circuito judicial El Tigre, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PERIMIDO el presente proceso de fijación de régimen convivencia familiar, incoada por la ciudadana ANA MARIA MADARIAGA BARRIOS, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 10998.749, domiciliada en la calle Carabobo, Nº 170, edificio "Goicoetxea", piso 2, apartamento 02, Cantura, municipio Freites Estado Anzoátegui, asistida en este acto por la abogada MARRY ECHERRIA MENDOZA Y LUZARA MARTINEZ , venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-4879.026 Y V13.576.355 respectivamente, inscritas en el inpreabogado bajo los números: 41.552 y 120.435 respectivamente, en contra del ciudadano ANTONIO PEREZ NATERA, ven.....