DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme al artículo 105 del Código Penal, se decreta la EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL del penado FRANCISCO ANTONIO MUÑOZ ARELLAN, quien es venezolano, Indocumentado, natural de San Félix, Estado Bolívar, donde nació en fecha 05/11/1977, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos: Francisco Muñoz y de Carmen Arellan y residenciado en: Calle Meneses, Casa N° 12, Barrio Fernández Padilla, Barcelona, cerca de la Panadería La Costanera, Estado Anzoátegui, por cumplimiento de pena. Notifíquese de la presente decisión al Fiscal Décimo de Ejecución de Sentencia del Ministerio P.....