En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, acuerda decretar Medida de Embargo preventivo sobre las cuentas corrientes signadas con los números 418-3006334 de la entidad bancaria Banesco, Banco Universal y 0812378-0 del Banco Exterior, ambas pertenecientes al ciudadano ALFONSO JULIO PEREZ VEGA, titular de la cédula de identidad N° V-4.090.027, para garantizar las Treinta y Seis (36) Futuras Obligaciones Alimentarías, en base a la cantidad fijada en sentencia de Conversión en Divorcio de Separación de Cuerpos y Bienes, convenida entre los ciudadanos ADRIANA DE LAS MERCEDES BERRIZBEITIA y ALFONSO JULIO PEREZ VEGA, dictada por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, en fecha 05 del mes de Marzo del año 2004, de Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000,00) Mensuales, por concepto de Obligación Alime.....