Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Unipersonal de Juicio Nº. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INCULPABLE y ABSUELVE al acusado ANGEL RAFAEL BLANCO MARQUEZ, Venezolano, natural de Caracas, Distrito Federal, de 35 años, nació el 16-11-64, carnicero, hijo de RAFAEL BLANCO SUAREZ (DF) Y LIGIA MARQUEZ (V), titular de la Cédula de Identidad Nº 6.149.103, residenciado en la calle Bella Vista II casa s/n, Barrio Las Charas, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de la comisión del hecho, por considerar que del acervo probatorio no emanó elemento que demostrara su culpabilidad en el hecho que dio origen al presente proce.....