En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por Israel José Irazábal López contra la sentencia definitiva pronunciada en fecha 25 de julio de 2003 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en la causa de nulidad de documento de venta seguida por Mamerta Ramírez de Maray contra el apelante. SE CONFIRMA en todas sus partes la sentencia recurrida.
De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso al apelante.
Notifíquese a las partes de esta decisión, por haber sido dictada fuera de plazo.
Al quedar firme la decisión, remítase el expediente al tribunal de la causa.
Regístrese y publíq.....