En tal sentido, éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, acuerda PRIMERO: hacer entrega al ciudadano LUIS SOLÓRZANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 24.831.797, la cantidad de CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SIETE BOLIVARES CON 20/100 CTMS (Bs. 40.407,20), por concepto de CUOTA PARTE, dicha cantidad se encuentra depositada en la cuenta de ahorros Nº 0175-0088-11-0010005599, llevada en la Agencia bancaria Bicentenario, aperturada a nombre de los hermanos Solórzano Rivero. SEGUNDO se acuerda oficiar a la Coordinadora de la Oficina de Control de Consignaciones, a los fines de dar cumplimiento a lo arriba indicado. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.-