Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Extensión El Tigre, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA el decreto de la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar peticionada en su escrito libelar de fecha 01 de agosto de 2017, por el abogado TEODORO GOMEZ, inscrito el en Inpreabogado bajo el Nro. 15.993, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos ROSA MARIA ROJAS MAESTRE, LUIS MIGUEL ROJAS MAESTRE, CARLOS ALBERTO ROJAS MAESTRE, LUISA KARINA ROJAS MAESTRE, MAIKEL JOSE ROJAS SIFONTES y JESUS EDUARDO ROJAS SIFONTES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. 10.942.820, 11.657.133, 12.678.240, 12.678.238, 24.708.855 y 24.708.851, respectivamente, domiciliados en la ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Esta.....