En consecuencia este Tribunal de Control N° 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Con lugar la solicitud presentada por el ciudadano ROBERT DE SOUSA VILLAROEL, actuando en este acto en nombre y representación del ciudadano, ANA REGUANT A, quien a su vez actúa en nombre del ciudadano MARIO ENRIQUE BRACHO OSUNA, quien es legítimo propietario del vehículo en cuestión, representación estas que consta suficientemente en la presente causa, la entrega formal del vehículo con las siguientes características: MARCA JEEP, MODELO CHEROKEE CLASSIC, AÑO 2000, COLOR BLANCO, CLASE CAMIONETA, TIPO SPORT-WAGON, USO PARTICULAR, PLACAS OAH-51Z, MOTOR 6 CILINDROS, SERIAL CARROCERIA 8Y4FF68V9X1710920; la misma bajo Guarda y Custodia, comprometiéndose la referida ciudadana a presentar el vehículo mencionado ut-supra, al órgano jurisdiccional o al Ministerio Público, toda vez que sea requerido por los mismos, de conformidad con l.....