Por las consideraciones antes explanadas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA a favor del ciudadano JOSE FRANCISCO GUARATA GUAINA, en su condición de víctima, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15.875.615, de profesión u oficio agricultor, residenciado en San Ramón Via Guanape, casa nro. 02, Estado Anzoátegui, las siguientes medidas de protección, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal:
PRIMERO: Oficiar al Comandancia General de la Policía del Estado Anzoátegui, para que se sirva tomar las debidas previsiones a fin de brindar protección al ciudadano JOSE FRANCISCO GUARATA GUAINA, en su condición de víctima,
SEGUNDO: La vigilancia policial por un lapso de tres (03) meses en los alrededores de la residencia de l.....