En consecuencia esta Juzgadora visto el sedimento formulado por las partes por cuanto el mismo no es contrario a derecho, esta Juzgadora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera: PRIMERO: DECLARA el desistimiento de la presente demanda de INQUISICIÓN DE PATERNIDAD, presentada por la Fiscalía Décima Quinta Especial del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abogada MARY LOURDES FERRER CAMACHO, a requerimiento de la ciudadana KARLA ANDREA DEL VALLE DAZA LARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-17.112.822, domiciliada en Boyacá IV, Sector 7, vereda 21, casa Nº 10, Barcelona Estado Anzoátegui, en contra del ciudadano GABRIEL ZACARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad V-19.709.535, el cual puede ser localizado en la Empresa VEMECA, Av. Principal de Mesones, Barcelona, Estado Anzoátegui, donde se encuentra involucrado su hijo el niño Se Omite de Conform.....