Y así se declara.
Por los consideraciones antes expuestas este Tribunal de Primera de Instancia en función de Control Nº 2, Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el petitorio del ABOG. JUAN VICENTE TORREALBA, actuando su carácter de Defensor Público Especializado y en representación del imputado IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 24.520.514, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, nacido en fecha 28/06/1995, de 17 años de edad, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos SILVIA CAROLINA YACUA y LEONEL BLANCO, residenciado en el Barrio la Ponderosa, Calle 05, casa Nº 34, Barcelona, Estado Anzoátegui, teléfono 02812765490; En consecuencia ACUERDA: Convocar a una Audiencia Oral y Reservada de PLAZO PRUDENCIAL, para el día MIERCOLES DOCE (12) DE FEBRERO DE 2014, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (.....