Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa, contentiva de juicio de Daños Materiales y Lucro Cesante, incoada por el ciudadano EDUARDO ENRIQUE GONZALEZ GUINAN, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Freites del Estado Anzoátegui y titular de la cédula de identidad Nº 8.226.649, contra la Empresa DROGUERIA COBECA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el Nº 14, Tomo A-86, de fecha 09 de diciembre de 1.992, Expediente Nº 1.196-92; SEGUROS LA OCCIDENTAL, C.A., y el ciudadano MARTIN RAFAEL FIGUEROA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.077.191.-
Así se decide.