En consecuencia de lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA en la presente juicio por COBRO DE BOLIVARES a través del Procedimiento de Intimación, intentado por el Abogado GENARO YASELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 2.798.258, en su carácter de apoderado Judicial de la sociedad mercantil denominada HOTELES DORAL, C.A, Inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 7 de Febrero de 1.997, bajo el numero 7 del Tomo, A empresa administradora del CONDOMINIO Del DORAL BEACH VILLAS TENNIS & GOLF CLUB, Sociedad civil del Estado Anzoátegui en fecha 28 de septiembre de 1.979, en contra de los ciudadanos JUAN SCHELLE FRANCO e INES NORMA IZQUIERDO DE S.....