Por las razones esgrimida al comienzo, es por que este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitada por la ciudadana NOEMI HERNANDEZ MARCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad, N° 2.104.283, domiciliada en la ciudad de Lechería, Municipio Urbaneja de este Estado, debidamente asistida por el ciudadano MANUEL FERREIRA GONZALEZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.308, y se ordena que en lo adelante, el Nombre de la solicitante sea escrito así "NOEMI", que es lo correcto, y no "NOEMY", lo cual es incorrecto, quedando de esta forma corregido el Nombre de la ciudadana: NOEMI HERNANDEZ MARCANO, la cual se encuentra asentada bajo Acta N° 367, la cual fue inserta en los Libros de Nacimientos del año 1.974, llevados por ante la Prefectura de la Parroquia Pozuelo del Municipio Juan Antonio Sot.....