Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor del imputado JESUS RAFAEL GONZALEZ RUIZ, quien es venezolano, Indocumentado, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-01-1983, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de los ciudadanos RAFAEL LIRA y DORIS GONZALEZ, residenciado en Avenida Municipal al lado de Indofreca, Casa de Color Verde Suave y Frente de un Kiosco de Arepa, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el artículo 456, Último Aparte del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano EDGAR EDUARDO JARA VILLAFRAZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numerales 3º y 6º del Código Orgánic.....