declara CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: JACKELINE JOSEFINA ARGUINZONES y LUIS ANTONIO GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.309.826 y V-10.067.587, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada MISVELICH CORDERO FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.479.049, respectivamente, domiciliados en la Calle Andrés Bello en la casa N° 38 de esta ciudad de El Tigre del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por el por la Abogada MISVELICH CORDERO FIGUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.479.049, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 85.519; y en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha 23/12/1985, por ante el por ante el Registro Civil del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui, lo cual se evidencia de Copia Certificada del Acta de .....